Exención de Residencia en el Extranjero

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El requisito de residencia en el extranjero esta implementado para que los visitantes de intercambio regresen a su país de origen para compartir el conocimiento, la experiencia y las impresiones que han obtenido mientras estando en los Estados Unidos. Cónyuges e hijo/as de los que tiene la visa J-1 también están sujetos al requisito de residencia en el extranjero. Un visitante de intercambio puede solicitar una exención del requisito de residencia en el extranjero en situaciones en que:

  1. Una agencia de gobierno de Estados Unidos decide que una residencia seria en el interés nacional;

  2. El requisito de residencia en el extranjero crear una dificultad excepcional para un ciudadano de los Estados Unidos o un residente permanente cónyuge, padre/madre, o hijo/a de un visitante de intercambio;
  3. La persona con la visa J-1 teme que él/ella será sujeto a persecución por su nacionalidad, raza, religión, opinión política, o membrecía a un grupo social particular;

  4. El país de origen del ciudadano nacional no se opone a la exención del requisito de residencia en el extranjero;
  5. Una solicitud ha sido hecha por una agencia de salud del estado o su equivalente.

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