Tratado de los Inversores – La Visa E-2

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Un individuo puede recibir una visa E-2 si se viene a los Estados Unidos temporalmente para dirigir o a desarrollar una empresa de buena fe en que han introducido una inversión sustancial. La inversión es el equivalente a colocar capitales en riesgo. La persona que solicite una visa E-2 debe ser capaz de comprobar que ellos serán responsables de la fuente de los fondos utilizados para hacer la inversión. A diferencia de categorías de inmigración, la visa E-2 no tiene una cantidad de dinero mínimo necesario del inversor, el único requisito es que la cantidad debe ser sustancial en relación con el coste total de toda la inversión para asegurar el compromiso de los inversores a desarrollar la empresa. Visas E-2 suelen ser negadas si el rendimiento esperado de la inversión solo proporcionara suficiente para el mantenimiento de la substancia del inversionista y su familia.

Criterio de Elegibilidad:

  1. El inversionista tratado deber ser un ciudadano de un país con el que los Estados Unidos tiene un trato o acuerdo.

  2. El inversionista del tratado debe tener al menos 50 por ciento de propiedad de la empresa y la nacionalidad del país del trato.

  3. El inversionista ha invertido o esta activamente en el proceso de invertir en la empresa.

  4. La inversión debe asegurar el compromiso financiero de los inversores a la operación exitosa de la empresa, lo suficiente grande como para apoyar el desarrollo de la empresa, y generar suficientes ingresos para el inversor y la familia de los inversores.

  5. Si el solicitante no es el principal inversor, el solicitante debe ser empleado como un ejecutivo o un alto directivo, o poseer calificaciones especificas que contribuya a la operación exitosa y eficiente de la empresa.

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